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15 Abr // 2015

Subvenciones 2015 para contratación de jóvenes (1)

Subvenciones 2015 para contratación de jóvenes

Subvenciones 2015 para contratación de jóvenes desempleados.

En el artículo de hoy os vamos a explicar las subvenciones/ayudas de Lanbide para la contratación de jóvenes desempleados en empresas vascas para 2015, esperamos os sea de utilidad si estáis contemplando contratar a nuevos empleados. La información en ocasiones es confusa por lo que os dejaremos varios aspectos iniciales claros. En el caso de los jóvenes, de 16 a 30 años cumplidos en el momento de contratar; actualmente existen 3 tipos de ayudas: 2 para desempleados y una tercera para “desempleados de larga duración”. Todas ellas son similares en cuanto al objeto ya que apoyan la generación de “contratos en prácticas”, de 6 ó 12 meses, y la de “contratos indefinidos” (entendiendo estos con una duración mínima de 12 meses, que aunque no lo identifiquemos en el contrato al ser “indefinido” dado que  la segunda partida económica de la subvención se entrega transcurridos 12 meses de la fecha de inicio del contrato). La gran diferencia entre estas ayudas para la promoción de la empleabilidad reside en el ámbito de aplicación y en la gestión de cada una de ellas, muy diferentes, por lo que resulta de gran importancia tenerlo claro antes de acometer una contratación. Disculpad el tono “técnico” de este apartado, preferimos lanzaros mensajes directos y sobre todo, prácticos.

Subvenciones 2015. Programa Lehen Aukera (Lanbide).

Subvenciones de Lanbide 2015 para la contratación de Jóvenes (Resolución 25 marzo. BOPV nº 59) para empresas del País Vasco. www.lanbide.net. Para Empresas, Empresarios Individuales, Comunidades de Bienes y Sociedades Civiles, Asociaciones y Fundaciones de la CAPV. * Alerta: la gestión de la subvención se debe iniciar antes de formalizar el contrato ya que debe existir una previa Oferta de Empleo generada.

  1. Solicitud de aptitud de empresa para participar en la recepción de Subvenciones para la contratación*. Lo primero que debe realizar la empresa es informar a Lanbide de su interés en participar de esta iniciativa de apoyo a la contratación, para ello deberá cumplimentar y aportar la documentación que requiera esta solicitud. (i) Plazo: desde el 28/03/15 hasta el 20/11/15. Anexos II y III, Resolución disponible en www.lanbide.net.

*Como empresa has de haber comunicado a la Representación Legal de los Trabajadores RLT esta medida. Si no se dispone de RLT, se indicará en la solicitud la no existencia del mismo.

  1. Resolución de aptitud. Lanbide Informará a la empresa admitida, el plan de contrataciones que se le concede, el importe de la subvención a la que puede acceder, la forma de pago y cómo se debe justificar el objeto de la subvención. Lanbide dispone de un máximo de 6 meses, contados desde la fecha de presentación de la solicitud, para contestar. Esto es lo que se denomina “notificación de la Resolución de Concesión”.
  2. Solicitud de Gestión y Registro de la Oferta de Empleo. La empresa dispone de 1 mes, desde que recibe la anterior “notificación de resolución de la concesión”, para presentar en la oficina de Lanbide o bien en un Centro Colaborador, la solicitud de gestión de la oferta, es decir, iniciar el proceso del registro de la oferta. Se deberá iniciar el proceso por cada perfil de puesto de trabajo a cubrir, y todo ello en los modelos establecidos al efecto (Anexos IV, Resolución disponible en lanbide.net). Lanbide o el Centro Colaborador, registra la Oferta y notifica a la empresa el identificador de Oferta.
  1. Los Jóvenes. De 16 a 30 años. Residentes de la CAPV, inscritos como demandantes de empleo y en posesión de titulación académica: Licenciatura/Grado, Diplomatura, Formación Profesional Reglada y/o Certificado de Profesionalidad.
  2. La Selección. Lanbide o el Centro Colaborador realizan la selección entre los desempleados inscritos en la base de datos y ajustándose al perfil solicitado en la oferta. Además darán prioridad a los candidatos que estén inscritos en la base de datos del Sistema de Garantía Juvenil.
  3. Las Candidaturas. Lanbide o el Centro colaborador, remitirán a la Empresa los curriculum vitae de, si es posible, 10 candidatos. La empresa notificará la selección a Lanbide o el centro colaborador procediendo a la formalización del contrato en el que deberá identificarse obligatoriamente el Identificador de la Oferta.
  4. Los Contratos. Existen 2 opciones: “Contrato de Prácticas”, duración 6 ó 12 meses o “Contrato Indefinido”. La jornada laboral podrá ser completa o parcial, nunca inferior al 70%. El contrato subvencionable debe suponer un incremento de la plantilla, esto trata de evitar que el nuevo contrato se origine por un despido previo. La comprobación se deberá demostrar antes del segundo pago de la subvención y respecto a los 6 meses anteriores al mes de la nueva incorporación. Podrán formalizarse hasta el 30 de noviembre de 2.015.
  5. Gestión de Oferta de Trabajo. El centro gestor es tanto Lanbide como sus Centros Colaboradores, por lo que el primer paso a realizar es contactar con una oficina de Lanbide o bien, con uno de sus Centros Colaboradores para poner en marcha el proceso. Esto se denomina: captación y registro de la oferta. Os solicitarán la información necesaria (art. 9.3). La entidad os informará del Número de Oferta adjudicada al  puesto de empleo para el que deseáis un candidato.
  6. Sustituciones. Se atienden los casos en los que los candidatos ya contratados no superen el periodo de prueba establecido. En este caso, contactad con Lanbide o el Centro Colaborador y ellos os atenderán en los pasos a seguir.
  7. Cuantías de las Subvenciones 2015 de Lanbide para la Contratación de Jóvenes Desempleados:
Subvención 2015 Lanbide. Contatación Jóvenes
  1. Pago de las Subvenciones. Se realiza en 2 pagos. El 1er pago: 53,19% cuyo importe se solicita a Lanbide en los 10 primeros días tras formalizar el contrato (requiere el envío de documentación adicional, consultadlo antes) y que Lanbide abona tras realizar las comprobaciones de las Altas correspondientes. El 2º pago se recibe tras la finalización del objeto de la subvención (art. 12, resolución) y la justificación de la subvención por la celebración de los contratos y plazo.

Papeleo y más papeleo pero con el apoyo de un buen interlocutor de confianza, todo es mucho más fácil y seguro.

En Prodisle, sabemos de lo que hablamos. Esperamos te haya sido útil esta información.

www.prodisle.com

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